CONTRATO DE FACTORING
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  • Fecha de creación agosto 18, 2022
  • Última actualización marzo 3, 2023
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CONTRATO DE FACTORING

DEFINICIÓN

El contrato de factoring es un acuerdo mediante el cual una empresa (denominada "factor") adquiere los créditos pendientes de pago que tiene otra empresa (denominada "cedente") a cambio de un precio acordado.

FUNCIÓN

La función principal de este contrato es la de financiar a la empresa cedente, ya que el factor anticipa el pago de los créditos pendientes de cobro, reduciendo el tiempo que debe esperar la empresa cedente para recibir el dinero que le adeudan. De esta forma, la empresa cedente obtiene liquidez inmediata, lo que le permite hacer frente a sus necesidades de financiación y mejorar su situación financiera.

PARTICIPANTES

En el contrato de factoring participan tres partes: la empresa cedente, la empresa deudora y el factor. La empresa cedente es la que tiene créditos pendientes de pago que quiere ceder al factor. La empresa deudora es la que tiene que pagar los créditos pendientes a la empresa cedente y al factor, una vez que éste ha adquirido los créditos. El factor es la empresa especializada en la gestión de cobros que adquiere los créditos pendientes de la empresa cedente y que se encarga de su gestión y cobro.

El contrato de factoring puede ser de dos tipos: con recurso y sin recurso. En el factoring con recurso, la empresa cedente se hace responsable de los créditos cedidos, es decir, se compromete a pagar al factor en caso de que la empresa deudora no lo haga. En el factoring sin recurso, el factor asume el riesgo de impago por parte de la empresa deudora, por lo que la empresa cedente se libera de esa responsabilidad.

VALIDEZ

Para que un contrato de factoring sea válido, es necesario que se cumplan ciertos requisitos. En primer lugar, debe existir un crédito pendiente de pago que pueda ser cedido. En segundo lugar, el contrato debe establecer claramente el precio y las condiciones de la cesión. Además, es necesario que las partes estén de acuerdo en la cesión del crédito y que la empresa cedente tenga la capacidad legal para hacerlo.

El contrato de factoring no es lo mismo que un préstamo, ya que en el factoring no se está solicitando financiación, sino que se está vendiendo un derecho de cobro. Además, el factoring no aparece registrado como deuda en la contabilidad de la empresa cedente, ya que se trata de una venta de activos.


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CONTRATO DE FRANQUICIA COMERCIAL